Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S
Consulte aquí todos los avisos relacionados con el proceso
LA AGENTE INTERVENTORA DE AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S EN TOMA DE POSESIÓN
AVISA
A todos los afectados que se ha proferido la Providencia que contiene la Decisión No. 11 del 28 de agosto de 2024, sobre las solicitudes de devolución de dineros entregados a los intervenidos Karen Julieth Velandia Suarez, identificada con cédula número 1.052.401.242, Martha Nuvia Suarez León, identificada con cédula número 46.662.101 y Jorge Alexander Velandia Sepúlveda, identificado con cédula número 7.223.013.
Contra la decisión procede el recurso de reposición dentro de los tres (3) días calendario siguientes a su publicación.
Haga clic aquí para ver la Decisión 11.
La decisión también puede ser consultada en los siguientes enlaces:
https://www.supersociedades.
LA AGENTE INTERVENTORA de KAREN JULIETH VELANDIA SUAREZ, identificada con cédula número 1.052.401.242, MARTHA NUVIA SUÁREZ LEÓN, identificada con cédula número 46.662.101 y JORGE ALEXANDER VELANDIA SEPÚLVEDA, identificado con cédula número 7.223.013 vinculados al proceso de intervención de AVITAR CONTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S de NIT. 901.302.568-6, como consta en Auto del 23 de febrero de 2024, expedido por la Superintendencia de Sociedades y en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008, procede a publicar la DECISIÓN No. 10 dentro del proceso con base en las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1. Que el día 23 de febrero de 2024, la Superintendencia de Sociedades decidió vincular al proceso de intervención de AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S EN TOMA DE POSESIÓN a KAREN JULIETH VELANDIA Suarez, identificada con cédula número 1.052.401.242, MARTHA NUVIA SUAREZ LEÓN, identificada con cédula número 46.662.101 y JORGE ALEXANDER VELANDIA SEPÚLVEDA, identificado con cédula número 7.223.013.
2. Que, por medio de aviso del 08 de marzo de 2024, publicado en el diario LA REPÚBLICA, se informó a todos los interesados del proceso sobre la intervención de las mencionadas personas, otorgándose la oportunidad de que los que se consideran afectados presentarán sus correspondientes solicitudes de devolución.
3. Que el día 10 de abril de 2024, LA AGENTE INTERVENTORA, a través del Diario “LA REPÚBLICA” y en la página web de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co, publicó el aviso de publicación de la DECISIÓN No. 09 de reconocimiento de afectados con ocasión a la intervención de Karen Julieth Velandia Suarez, identificada con cédula número 1.052.401.242, Martha Nuvia Suarez León, identificada con cédula número 46.662.101 y Jorge Alexander Velandia Sepúlveda, identificado con cédula número 7.223.013.
4. Que dicha providencia fue publicada en la página web de la Agente Interventora www.maxcecontreras.com/avitar/.
5. Que dentro de la decisión se reconocieron 5 afectados adicionales al proceso de intervención.
6. Que de acuerdo con el numeral D del artículo 1 del decreto 4334 de 2008, las personas que tienen alguna inconformidad en contra de la decisión tienen la facultad de presentar recurso de reposición contra la misma.
7. Que el término otorgado para presentar los recursos de reposición tuvo lugar entre los días calendario 11, 12 y 13 de abril de 2024.
8. Que dentro del periodo mencionado no se presentaron recursos de reposición en contra de la decisión No. 9.
En virtud de los expuesto la Agente Interventora dentro del proceso de intervención de Avitar Constructora.
DECIDIR:
1. PRIMERO: MANTENER, sin modificaciones, la decisión No.9 de reconocimiento de afectados dentro del proceso de intervención de Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S en toma de posesión.
2. SEGUNDO: PUBLICAR la presente decisión en la página WEB de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co y en la página web del interventor https://www.maxcecontreras.com/avitar/
En la ciudad de Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de abril de 2024.
MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA
AGENTE INTERVENTORA
LA AGENTE INTERVENTORA DE AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S EN TOMA DE POSESIÓN
AVISA
A todos los afectados que se ha proferido la Providencia que contiene la Decisión No. 9 del 10 de abril de 2024, sobre las solicitudes de devolución de dineros entregados a los nuevos intervenidos Karen Julieth Velandia Suarez, identificada con cédula número 1.052.401.242, Martha Nuvia Suarez León, identificada con cédula número 46.662.101 y Jorge Alexander Velandia Sepúlveda, identificado con cédula número 7.223.013, de conformidad con el literal d) del Artículo 10 del Decreto 4334 de 2008, en concordancia con lo dispuesto por el auto de radicado 2024-01-86507 del 23 de febrero de 2024 proferido por la Superintendencia de Sociedades.
Contra la decisión procede el recurso de reposición dentro de los tres (3) días calendario siguientes a su publicación.
Haga clic aquí para ver la Decisión 9.
La decisión también puede ser consultada en los siguientes enlaces:
https://www.supersociedades.
PUBLICACIÓN DECISIÓN No.8 Avitar Constructora.
La Agente Interventora dentro del proceso de intervención de la sociedad AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S y otros, con número de expediente 106.614, informa a todos los interesados, que el día 14 de marzo de 2024 se publicó la decisión No. 8 de solicitudes para la devolución de dinero.
La decisión puede ser consultada en la página web de la intervención https://www.
La Agente Interventora convoca a quienes se crean con derecho a oponerse a
dicha decisión para que dentro de los 3 días calendario siguientes a la publicación de este aviso presenten recurso de reposición en las siguientes direcciones: En Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401- Edificio Durdan; o en la ciudad de Bogotá, en la Calle 109#18C-17 oficina 402; o al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com.
Cualquier información adicional puede ser solicitada al correo electrónico:
intervencionavitar@gmail.com, y al celular 304 446 56 80.
Cordialmente,
Maxce Estefanía Contreras Mendoza.
Agente Interventor Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros en Intervención.
AVISO DE INTERVENCIÓN DE KAREN JULIETH VELANDIA SUÁREZ, MARTHA
NUVIA SUÁREZ LEÓN Y JORGE ALEXANDER VELANDÍA SUAREZ
El Agente Interventor dentro del proceso de intervención de la sociedad AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S y otros, con número de expediente 106.614, informa que por medio del auto No. 2024-01-086507 del 23 de febrero de 2024 la Superintendencia de Sociedades decidió, ordenar la intervención bajo la medida de toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de los señores KAREN
JULIETH VELANDIA SUÁREZ con C.C.1.052.401.242, MARTHA NUVIA SUÁREZ LEÓN con C.C.46.662.101, y JORGE ALEXÁNDER VELANDÍA SUÁREZ con C.C.7.223.013.
La Agente Interventora convoca a quienes se crean con derecho a reclamar sumas de dinero entregadas a los mencionados sujetos intervenidos, para que presenten sus solicitudes de devolución de dinero en las siguientes direcciones: En Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401- Edificio Durdan; o en la ciudad de Bogotá, en la Calle 109#18C- 17 oficina 402; o al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com.
El plazo para la presentación de las solicitudes de devolución es dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación de este aviso. Las personas que ya presentaron solicitudes y se encuentran reconocidas dentro del proceso, no deben presentar una nueva solicitud.
Cualquier información adicional puede ser solicitada al correo electrónico:
intervencionavitar@gmail.com, y al celular 30444656808.
Cordialmente,
Maxce Estefanía Contreras Mendoza.
Agente Interventor Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros en Intervención
DECISIÓN No. 2 DENTRO DEL PROCESO DE INTERVENCIÓN DE ERIC
ALEXANDER BENITEZ TÉLLEZ: RESUELVE RECURSOS DE REPOSICIÓN
FRENTE A LA DECISIÓN No.1.
LA AGENTE INTERVENTORA del señor ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ de C.C. 1.052.386.080 vinculado al proceso de intervención de AVITAR CONTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S de NIT. 901.302.568-6, como consta en
Auto 2023-01-591485 del 21 de julio de 2023, expedido por la Superintendencia de Sociedades y en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008, procede a publicar la DECISIÓN No. 2 dentro del proceso con base en las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1. Que el día 12 de octubre de 2023, LA AGENTE INTERVENTORA, a través del Diario “LA REPÚBLICA” y en la página web de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co, publicó la DECISIÓN No. 01 de
reconocimiento de afectados dentro del proceso de intervención de ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ.
2. Que el término legalmente otorgado para presentar los recursos de reposición tuvo lugar entre los días calendario 13, 14 y 15 de octubre de 2023.
3. Que contra la decisión se presentaron dos escritos denominados recurso de reposición. El primero presentado el 15 de octubre de 2023, por la señora ADRIANA GAVITO MALAGÓN de C.C.1.054.681.491. El segundo presentado el 18 de octubre de 2023, por el señor OSCAR ARTURO SOLERA SOLER C.C. 80.391.100.
4. Respecto al primer recurso, la recurrente en su escrito solicita aclaración de la decisión, manifestando que ella fue un de las afectadas que suscribió contratos con el intervenido ERIC ALEXANDER BENITEZ TÉLLEZ. Así mismo informa que fue reconocida como afectada dentro del proceso de intervención de AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S en Toma de Posesión en la tercera (3ra) decisión.
5. En atención a que la señora Garavito Malagón presentó su recurso en el término previsto, esta Agente Interventora procede a ACLARAR, que en el momento en que la recurrente fue reconocida como afectada mediante la Decisión No.3 del 01 de diciembre de 2022, dentro del proceso de intervención de AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S, quien decidió tal reconocimiento, fue la Interventora anterior en pleno ejercicio de su facultad jurisdiccional transitoria para el reconocimiento de las solicitudes de reclamación de los afectados consagrada en el Artículo 10 del Decreto 4334 de 2008.
6. En consecuencia, dicha decisión tomada por la Agente Interventora quedo en firme, con la decisión que resolvió recursos de reposición del 10 de diciembre de 2023, en la cual NO se desconoció su derecho como afectada.
7. Así las cosas, se informa a la recurrente que, si en la decisión No.3 dentro del proceso de INTERVENCIÓN DE AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIAIRA S.A.S, fue reconocida como afectada, la decisión No.1 dentro de la intervención de ERIC ALEXANDER BENÍTEZ no afectara su derecho adquirido previamente.
8. Ahora bien, frente al recurso de reposición interpuesto el señor Oscar Arturo Solera Soler de C.C.80.391.100, me permito informar que el mismo fue presentado de manera extemporánea, debido a que el término máximo de presentación era el 15 de octubre de 2023, y el recurrente lo interpuso el 18 de octubre de 2023, con lo cual el mismos será rechazado.
En virtud de los expuesto la Agente Interventora de ERIC ALEXANDER BENIÍTEZ
TÉLLEZ y otros.
DECIDE:
1. PRIMERO: ACEPTAR el recurso de reposición interpuesto por la señora ADRIANA GAVITO MALAGÓN de C.C.1.054.681.491 y, en consecuencia, se procede a otorgar la aclaración solicitada en la parte considerativa de
esta providencia.
2. SEGUNDO: RECHAZAR el recurso de reposición presentado por el señor Oscar ARTURO SOLERA SOLER de 80.391.100 por presentarse fuera del término legalmente otorgado.
3. TERCERO: ORDENAR la publicación del Aviso para garantizar el principio de publicidad y de conformidad con lo ordenado en el artículo 10 numeral d.) del Decreto Ley 4334 de 2008, se publica esta decisión en la página
WEB de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co y en la página web del
interventor https://www.maxcecontreras.com/avitar/.
En la ciudad de Bogotá D.C., a los veintitrés (23) días del mes de octubre de 2023.
MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA
AGENTE INTERVENTOR
DECISIÓN No. 1. SOLICITUDES DE DEVOLUCIÓN.
ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ
LA AGENTE INTERVENTORA del señor ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ C.C. 1.052.386.080 vinculado al proceso de intervención de AVITAR CONTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S, y en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008, procede a publicar la DECISIÓN No.1 de solicitudes de devolución, con base en las siguientes:
CONSIDERACIONES:
1. El 02 de agosto de 2022, la Superintendencia de Sociedades decretó la Intervención bajo la medida de toma de posesión de los bienes haberes y negocios de Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S por medio de auto número 2022-01-588229.
2. Mediante auto del 05/06/2023 de radicado 2023-01-502368 se designó a Maxce Estefanía Contreras Mendoza de cédula de ciudadanía no. 1.088.248.236, como nueva agente interventora.
3. Mediante auto del 21 de julio de 2023 la Superintendencia de Sociedades decidió tomar de posesión y vincular al proceso de Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S a Eric Alexander Benítez Téllez, identificado con cédula
de ciudadanía No. 1.052.386.080.
4. El Agente Interventor cuenta con la facultad jurisdiccional transitoria para el reconocimiento de las solicitudes de reclamación de los afectados.
5. El 4 de septiembre de 2023, se publicó el aviso de intervención en el Diario En la ciudad de Bogotá a los TRES (03) días del mes de octubre de 2023La República, convocándose a los interesados a presentar sus solicitudes de devolución, dentro de los diez (10) días calendario siguientes. Término que corrió desde el 05 de septiembre de 2023 hasta el 14 de septiembre de 2023.
6. A partir del 15 de septiembre de 2023, las solicitudes de reclamación de los afectados eran extemporáneas.
7. Al correo electrónico de la intervención, así como en las direcciones de notificación detalladas en los avisos no se recibió reclamación alguna relacionada con el sr. Eric Alexander Benítez Téllez, dentro del término estipulado para ello. En virtud de los expuesto la Agente Interventora de ERIC ALEXANDER BENIÍTEZ TÉLLEZ y otros.
DECIDE
1. PRIMERO. – NO RECONOCER a ningún afectado oportuno en el proceso de intervención de ERIC ALEXANDER BENIÍTEZ TÉLLEZ
2. SEGUNDO. – INFORMAR que contra la presente decisión ÚNICAMENTE es procedente el Recurso de Reposición dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de esta providencia.
3. TERCERO. – INFORMAR que el Recurso de Reposición, deberá ser presentado al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com, o En Bogotá en la calle 109 # 18C-17 oficina 402, Edificio Calle 109.En Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401, edificio Durdan, en el municipio de Duitama.
En la ciudad de Bogotá a los doce (12) días del mes de octubre de 2023.
MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA
Agente Interventora
La Agente Interventora dentro del proceso de intervención de la sociedad AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S y otros, con número de expediente 106.614, informa a las personas que se encuentren el proceso de radicar solicitudes de devolución bien sea al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com, o en la Calle 109 # 18C-17 oficina 402 en Bogotá, o en la Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401- Edificio Durdan; que deben diligencia y entregar el siguiente formulario:
(ANEXO: FORMULARIO DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES)
Así mismo, se les aclara a los interesados que, en todo caso, la solicitud deberá indicar: a) nombre completo, b) el valor solicitado a devolver, c) el tipo de contrato por medio del cual se le fue captado el dinero, d) el valor les fue pagado por concepto de “rendimientos financieros” o “intereses” desde la fecha de suscripción del contrato hasta el último pago recibido, e) el correo electrónico.
Además, a la solicitud se deberán adjuntar los soportes que demuestren el origen de la captación: a) contratos de inversión o anticresis, b) pagares firmados, c) recibos de pago de los rendimientos financieros y cualquier otro que sirva para probar la captación.
Cualquier información adicional puede ser solicitada al correo electrónico:
intervencionavitar@gmail.com, y al celular 304 446 56 80.
Cordialmente,
Maxce Estefanía Contreras Mendoza.
Agente Interventor Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros en Intervención.
AVISO DE PUBLICACIÓN DECISIÓN No.7 Avitar Constructora.
La Agente Interventora dentro del proceso de intervención de la sociedad AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S y otros, con número de expediente 106.614, informa a todos los interesados, que el día 13 de septiembre de 2023 se publicó la decisión No. 7 de solicitudes para la devolución de dinero.
La decisión puede ser consultada en la página web de la intervención https://www.maxcecontreras.com/avitar/ , la cual se encuentra titulada como: DECISIÓN No. 7.
Así mismo, la decisión puede ser consultada en la Baranda Virtual de la Superintendencia de Sociedad en el expediente digital No. 106.614. La Agente Interventora convoca a quienes se crean con derecho a oponerse a
dicha decisión para que dentro de los 3 días calendario siguientes a la publicación de este aviso presenten recurso de reposición en las siguientes direcciones: En Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401- Edificio Durdan; o en la ciudad de Bogotá, en la Calle 109#18C-17 oficina 402; o al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com.
Cualquier información adicional puede ser solicitada al correo electrónico:
intervencionavitar@gmail.com, y al celular 304 446 56 80.
Cordialmente,
Maxce Estefanía Contreras Mendoza.
Agente Interventor Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros en Intervención.
AVISO DE INTERVENCIÓN DE ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ.
El Agente Interventor dentro del proceso de intervención de la sociedad AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S y otros, con número de expediente 106.614, informa que por medio del auto No. 2023-01-591485 del 21 de julio de 2023 la Superintendencia de Sociedades decidió, ordenar la intervención bajo la medida de toma de posesión de los bienes, haberes, negocios y patrimonio del señor ERIC ALEXANDER BENÍTEZ TÉLLEZ, de cédula de ciudadanía No. 1.052.386.080.
La Agente Interventora convoca a quienes crean con derecho a reclamar sumas de dinero entregadas al sujeto intervenido ERIC ALEXADER BENÍTEZ TÉLLEZ , para que presenten sus solicitudes de devolución de dinero en la siguientes direcciones: En Duitama en la calle 17 No. 15-44 oficina 401- Edificio Durdan; o en la ciudad de Bogotá, en la Calle 109#18C-17 oficina 402; o al correo electrónico intervencionavitar@gmail.com.
El plazo para la presentación de la solicitudes de devolución es dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación de este aviso.
Cualquier información adicional puede ser solicitada al correo electrónico: intervencionavitar@gmail.com, y al celular 304 446 56 80.
Cordialmente,
Maxce Estefanía Contreras Mendoza.
Agente Interventor Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros en Intervención.
COMUNICADO ESTADO ACTUAL DE PAGO DE RECLAMACIONES
Señores
AFECTADOS AVITAR CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA S.A.S INFORMACIÓN IMPORTANTE PROCESO DE INTERVENCIÓN.
La interventora del proceso de Avitar Constructora S.A.S, se permite informar en relación a las diferentes solicitudes formales e informales presentadas en el proceso que:
1. Que esta interventora se solidariza con cada una de las difíciles situaciones que están pasando cada uno de los afectados, generadas por las decisiones económicas tomadas con la entrega de dineros a los intervenidos.
2. Que, esta intervención entiende que los afectados tienen una imperiosa y actual preocupación por recuperar los dineros invertidos, sin embargo, se les recuerda que el proceso debe agotar una serie de etapas que se encuentran previstas en la ley, y que dichos recursos fueron entregados bajo propio riesgo a las sociedades Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S, Lideramos Asesores Especializados S.A.S, y a las personas naturales Jersson Jair Velandia Suarez, Juan Manuel Manosalva y Eric Benítez Téllez, y en ningún caso a la interventora.
3. Que tanto las empresas como las personas naturales mencionadas en el numeral 1ro, fueron intervenidas por la Superintendencia de Sociedades mediante autos del 02 de agosto de 2022, del 28 de abril de 2023 y del 31 de julio de 2023, por captación masiva e ilegal de dineros.
4. Que desde las fechas mencionadas inició el proceso de intervención elcual tiene el propósito de tomar los bienes de los intervenidos para pagar a los afectados sus deudas.
5. Que la intervención debe seguir unas etapas para poder realizar la devolución efectiva de dineros, las cuales fueron iniciadas por la anteriorinterventora.
6. Que el proceso de devolución depende de diversos factores: i. El momento de presentación de la solicitud de devolución. ii. Que exista activo suficiente: Es importante que exista más activo que pasivo por devolver. En la actualidad se tiene un activo aproximado de 7 mil millones. RSA-384-2023 Sin embargo, existe un pasivo aproximado de 44 mil millones. Existiendo un déficit de 37 mil millones aproximadamente. En consecuencia, existe un pasivo mucho mayor al activo actual presentándose dificultades para devolver a la totalidad de afectados.
7. Que en este momento nos encontramos en venta de los a la fecha se han vendido únicamente 2 lotes, faltando su escrituración.
8. Que el precio de venta se estableció a través del avalúo exigido por la Ley para este tipo de procesos.
9. La venta tiene el propósito de convertir los apartamentos, casas, depósitos y garajes en dinero para devolver.
10. En caso de que no se logre la venta oportuna se adjudicarán los mismos. La adjudicación es la entrega de una parte de la propiedad de un apartamento o una casa al afectado que represente el valor que sele debe.
11. Por todo lo anterior, es importante tener en cuenta que estos procesos no son inmediatos y toman un tiempo para su correcto desarrollo.
12. Si requieren información sobre el estado actual del proceso recuerde consultar constantemente el siguiente blog: https://www.maxcecontreras.com/avitar Agradezco su comprensión y atención.
Cordialmente,
MAXCE ESTEFANÍA CONTRERAS MENDOZA.
Agente Interventora. Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S y otros.
Horario de Oficina
Se reitera que en esta jornada solo se recibirán NUEVAS reclamaciones, por lo tanto, toda reclamación que ya hubiere sido presentada con anterioridad NO será revisada.
Se informa a todos los interesados que el día lunes 17 de julio de 2023, se realizará una jornada de recepción de NUEVAS RECLAMACIONES en la calle 17 No. 15-44 oficina 401, edificio Durdan, en el municipio de Duitama.
Horario de atención de 8:00 am a 5:00pm.
Se reitera que en esta jornada solo se recibirán NUEVAS RECLAMACIONES, por lo tanto, toda reclamación que ya hubiere sido presentada con anterioridad NO será revisada.
Se informa a todos los afectados en el proceso de Intervención de Avitar Constructora e Inmobiliaria S.A.S que, por medio de Auto del 05 de junio de 2023, dentro de expediente 106.614, la Superintendencia de Sociedades decidió remover a la Agente Interventora la señora Yamile Edelmira Alvarado Niño con cédula de ciudadanía No. 23.855.607, en consecuencia, designó a Maxce Estefanía Contreras Mendoza, con cédula de ciudadanía No. 1088248236 como nueva agente interventora.
Frente a lo anterior es importante aclarar:
- El nombramiento de la nueva interventora no causa ningún tipo de dilación en el proceso y el mismo continuará su curso.
- Hasta la fecha, se recibieron las solicitudes de devolución de dinero presentadas por los afectados las cuales fueron resueltas por la anterior interventora en 6 decisiones. Las mismas se encuentran en firme y no se surtirá modificación alguna a las personas que se encuentran reconocidas.
Si desea consultar las mencionadas decisiones por favor remítase al siguiente enlace: Clic para ver
- El estado actual del proceso es: venta de activos. Esta etapa tiene como propósito obtener recursos líquidos para realizar las devoluciones a los afectados.
- En esta página web se actualizarán todas las novedades del proceso. Se recomienda su revisión constante.
En caso de alguna duda adicional, los datos de contacto de la interventora son los siguientes:
Correos electrónicos:
intervencionavitar@gmail.com y mcontreras@cobalto.co
Teléfono fijo: 601-6958197
Celular: 304 465 68 08
Dirección: Calle 109 # 18c 17 oficina 402 Bogotá.
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